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Expertos analizan el testimonio adjunto en el Congreso de CESJUL

La directora Luisa Liliana Gutiérrez Herrera participó en un conversatorio especializado sobre el «testimonio adjunto», compartiendo panel con la experta Dra., Laura Kamila Toro y el jurista boliviano Dr., Fabrizio Ortiz Dorado. Durante el encuentro, los ponentes analizaron cómo la incorporación de declaraciones previas al juicio oral puede generar tensiones con los principios de inmediación y contradicción, fundamentales en el sistema acusatorio colombiano.

La doctora Gutiérrez enfatizó que el uso de estas declaraciones debe limitarse estrictamente a fines de impugnación de credibilidad o para refrescar la memoria, evitando que se conviertan en prueba sustantiva sin el debido control judicial. En su intervención,  subrayó la necesidad de establecer límites estrictos para evitar un uso expansivo de esta figura que afecte la «igualdad de armas».

Nuestra directora,  explicó que el testimonio adjunto en el sistema penal debe operar principalmente como una herramienta para impugnar la credibilidad. Si el fiscal pretende que el juez valore el contenido de una entrevista previa como prueba de cargo, debe demostrar que el testigo sufrió presiones o amenazas que alteraron su relato en el estrado judicial.

Para robustecer el análisis, la doctora Gutiérrez profundizó en la metodología de la «corroboración periférica». Esta técnica impide que una condena repose exclusivamente en un testimonio adjunto en el sistema penal que ha sido desmentido por el propio declarante. El juez debe buscar datos objetivos externos, tales como la verificación de que el procesado y la víctima estuvieron a solas o la existencia de un daño psíquico dictaminado por peritos, para otorgar credibilidad a la versión inicial sobre la retractación.

El panel también abordó la integración de la psicología del testimonio en la práctica del litigio. Los expertos coincidieron en que el testimonio adjunto en el sistema penal requiere una valoración científica que supere la simple intuición judicial. La Dra., Gutiérrez resaltó que la memoria humana es falible y permeable, por lo que el paso del tiempo entre la entrevista inicial y el juicio oral justifica, en ocasiones, las imprecisiones del testigo sin que ello implique necesariamente un falso testimonio.

Finalmente, la discusión concluyó con un llamado a la unificación de criterios en Latinoamérica. La directora de la firma recordó que el bloque de constitucionalidad exige proteger el derecho a la confrontación. Por tanto, el testimonio adjunto en el sistema penal no puede convertirse en un atajo para subsanar deficiencias en la investigación estatal, sino que debe ser una excepción reglada que respete la dignidad humana y la presunción de inocencia.

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